Para explicar qué es la Ley de evaluación ambiental debemos explicar, en primer lugar, qué significa el concepto de evaluación ambiental.
Se trata de analizar -bajo criterios sostenibles- planes, programas y proyectos que puedan tener un impacto en el medioambiente. El objetivo es establecer las mejoras que sean necesarias para minimizar el posible impacto negativo de los mismos antes de que se ejecuten.
La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, establece los requisitos necesarios para llevar a cabo este proceso de análisis. Aunque, con posterioridad otras leyes añaden modificaciones que también afectan al proceso.
Leyes que regulan la evaluación ambiental
La principal norma que regula este procedimiento es la Ley 21/2013 de 9 de diciembre de evaluación ambiental. La Ley 9/2018 por su parte, también incorporó algunas cuestiones, como veremos a continuación.
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental
La Ley de Evaluación Ambiental del año 2013 aportó tres grandes novedades: simplificación de trámites para las empresas, refuerzo de la protección medioambiental y homogeneizar las diferentes normativas autonómicas, para que las empresas tengan el mismo marco regulatorio en todo el territorio nacional.
Simplificación de trámites
Para lograr este objetivo se actuó en cuatro grandes áreas:
- Dar un esquema más homogéneo a los procesos para realizar una evaluación ambiental estratégica y una evaluación de impacto ambiental.
- Reducir a cuatro meses el plazo máximo para resolver una evaluación de impacto ambiental ordinaria.
- Retirar algunos trámites que con anterioridad eran obligatorios.
- Incorporar nuevas tecnologías en la administración de estos procesos, para agilizar las gestiones.
Reforzar la protección del medio ambiente
La normativa incorporó el carácter de proporcionalidad. Es decir, el procedimiento de evaluación ambiental será más detallado cuanto mayor sea el riesgo o impacto que pueda tener el proyecto sobre el medio ambiente. Otras dos cuestiones relevantes para aumentar la protección del medioambiente fueron:
- Exigir más calidad técnica a los documentos ambientales presentados.
- Exigir que todos los proyectos de fracking estuvieran sometidos a evaluaciones de impacto ambiental.
Armonización de los procedimientos administrativos autonómicos
Se incluyó la armonización porque diferentes procedimientos administrativos creaban disfunciones respecto a las cargas administrativas en función de la comunidad autónoma de la que se tratara.
Por otro lado, distintas regulaciones dificultan la productividad. Con el cambio planteado en su momento por esta normativa, los promotores saben de antemano qué requerimientos tendrán que cumplir para un determinado plan, proyecto o programa.
La Ley 9/2018 y los cambios que supuso en materia medioambiental
La Ley 9/2018 incorporó cambios en tres leyes ya existentes. Entre ellas la Ley de Evaluación Ambiental de 2013.
Respecto a los trámites, establece que se deben utilizar de forma preferente medios electrónicos. El objetivo es facilitar y agilizar que cualquier persona que pueda estar interesada en participar en las mismas pueda hacerlo de forma más sencilla.
Profundizando en los trámites necesarios para una evaluación ambiental, marca una nueva obligación. El promotor tendrá que incluir en el estudio de impacto ambiental el análisis de vulnerabilidades ante accidentes graves o catástrofes.
En concreto, será necesario establecer el riesgo que se derivaría de estas eventualidades, así como los efectos que podrían tener sobre el medio ambiente, en caso de producirse.
También plantea novedades para los proyectos que no requieren de evaluación ambiental. El principal cambio es que ya no se podrá marcar una ley que excluya un tipo de proyecto concreto.
Dos últimas modificaciones relevantes de la normativa de 2018 afectan a la Administración Pública. En primer lugar, la nueva norma obliga a formar al personal público. Con el objetivo de que cuente con conocimientos suficientes para someter a estudio los documentos ambientales que se presenten en la evaluación ambiental.
Por último, establece como necesario realizar un nuevo trámite de información pública a las Administraciones y personas interesadas cuando el promotor añada modificaciones que generen un cambio importante con respecto al impacto medioambiental inicialmente presentado.
¿Cuáles son los principios de la Ley de evaluación ambiental?
Existen siete principios legales que vienen recogidos en el texto, y que marcan los objetivos que deben regir las evaluaciones ambientales:
- Quien contamina paga.
- Simplificación de procedimientos de evaluación ambiental.
- Búsqueda de cooperación entre Administración Central y Comunidades Autónomas.
- Acción preventiva.
- Corrección y compensación en caso de impacto sobre el medioambiente.
- Protección del medioambiente.
- Mejora de los entornos medioambientales.
¿Qué aspectos trata de corregir la Ley?
Uno de los principales objetivos de la Ley de Evaluación Ambiental es acelerar los procesos de emisión de las declaraciones de impacto ambiental.
También trata de corregir la excesiva diversidad de normativas que podrían dificultar los procedimientos de evaluación ambiental, sin que dicha variedad de normas tuviera una justificación medioambiental, tal y como recoge la propia Ley en su preámbulo.
En relación con esto, el informe ‘Desarrollo autonómico, competitividad y cohesión social. Medio Ambiente’. elaborado en el año 2012 por el Consejo Económico y Social (CES) ya advertía que una misma actividad tenía que enfrentar unos umbrales de impacto mayores o menores según la Comunidad Autónoma donde se fuera a realizar. Incluso se daban casos de Comunidades que no exigían la evaluación ambiental para cuestiones a las que sí se les exigía en otras.
La normativa, aprobada un año después (2013), trata de corregir estas imperfecciones proponiendo una armonización de los procedimientos administrativos. En consecuencia, se evitan riesgos de deslocalización, y se da seguridad jurídica a los promotores, que sabrán de antemano qué requisitos deben cumplir, independientemente de la localización del proyecto.
Con la aceleración y la armonización se perseguía además reducir las cargas administrativas que tenían que soportar las empresas cuando tenían que realizar una evaluación ambiental.
Tipos de evaluaciones ambientales según la Ley
Se diferencian dos tipos de procedimientos: ordinario y simplificado. El primero de ellos es para planes, proyectos o programas que se prevé tengan un efecto significativo en el medio ambiente. Mientras que aquellos que no sean catalogados de este modo pasarán al proceso simplificado.
Ante la ambigüedad del término y su definición, la norma incluye anexos con ejemplos de situaciones y proyectos que serían considerados ordinarios. Algunos ejemplos que requieren de evaluación ordinario son:
- Centrales térmicas
- Centrales nucleares
- Plantas de fundición de hierro colado o acero
- Parques eólicos
- Instalaciones de cría de animales por encima de las cantidades establecidas en la norma.
- Explotaciones a cielo abierto de yacimientos minerales que cumplan algunas de las circunstancias indicadas en dicha ley.
Algunos ejemplos de evaluación simplificada se darían cuanto el plan sea para:
- Astilleros
- Almacenamiento subterráneo de gases combustibles
- Instalaciones para producir electricidad, agua caliente y vapor con potencia igual o superior a 100mW
- Construcciones de vías ferroviarias
- Instalaciones para la recuperación o destrucción de sustancias explosivas
- Cualquier proyecto que implique cambios en el uso del suelo en superficies superiores a 50 hectáreas
¿Cuál es el procedimiento ordinario en la evaluación de impacto ambiental?
En primer lugar, el promotor realiza el estudio de impacto ambiental.
Después la Administración competente por ámbito de actuación y localización del proyecto (que se denomina ‘órgano sustantivo’), somete a información pública la cuestión y realiza las consultas a las administraciones y personas afectadas.
Después, el órgano consultivo remite al órgano ambiental el expediente completo del plan en cuestión, el estudio de impacto ambiental y el resultado del proceso de información pública y consultas.
Tras el análisis técnico, se establece la declaración de impacto ambiental, que puede ser:
- Procedente
- No procedente con el desarrollo planteado
- Si procede, aunque desarrollándose bajo una serie de medidas correctoras de posibles efectos negativos
- En este último caso, también se pueden establecer medidas compensatorias sobre esos efectos negativos
La declaración de impacto ambiental se publicará en diarios oficiales y también en sede electrónica. La decisión no será recurrible.
Plazos para realizar las evaluaciones ambientales
La Ley establece unos plazos máximos para realizar las evaluaciones.
Tipo de informe | Plazo máximo | ¿Admite prórroga? |
Evaluación estratégica ordinaria | 22 meses | Dos meses más por razones justificadas |
Evaluación ambiental estratégica simplificada | 4 meses | – |
Evaluación de impacto ambiental ordinaria | 4 meses | Dos meses más por razones justificadas |
Evaluación de impacto ambiental simplificada | 3 meses | – |
¿Qué ocurre con el silencio administrativo en la ley de evaluación ambiental?
En algunos procedimientos el silencio administrativo se entiende como una aprobación de los permisos o solicitud realizada. En esta norma ocurre exactamente lo contrario.
No se podrá iniciar un proyecto que requiera de evaluación si falta el informe ambiental estratégico, la declaración de impacto ambiental, la declaración ambiental estratégica o bien el informe de impacto ambiental. Si estos no llegan en los plazos legalmente establecidos la evaluación ambiental se considera desfavorable.
Esto significa que, si el promotor pusiera en marcha el proyecto por entender en el silencio administrativo una resolución favorable, quedará expuesto a sanciones y al restablecimiento de las condiciones previas al inicio de dicho proyecto.
Sin embargo, esto no quiere decir que una administración pública que se vea afectada por un proyecto pueda ralentizar o paralizar, sin justificación medioambiental, un proceso.
El procedimiento puede continuar si el órgano ambiental cuenta con juicios de valor suficientes, en el caso de que la Administración no envíe sus valoraciones a tiempo. En ese caso, no serán tenidas en cuenta y no podrán impedir la paralización de la acción que se pretenda poner en marcha.
¿Pueden inadmitir una solicitud de evaluación ambiental?
Sí. La normativa establece un trámite de inadmisión especial que tiene el objetivo de que el promotor sepa desde una fase muy temprana que existen motivos ya comprobados de que no se recibirá la pertinente declaración ambiental favorable.
Esto puede darse cuando, por ejemplo, un promotor solicita la activación de un proyecto muy similar a otro que ya hubiera sido desestimado en una evaluación ambiental en el pasado.