Garantía financiera de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor

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La población crece y, con ella, el consumo de productos y la generación de residuos. Reducir la huella ambiental de esa enorme cantidad de desperdicios que cada año acaban en vertederos o, peor aún, en la naturaleza es hoy una de las grandes prioridades de empresas y administraciones públicas. Pero eso cuesta dinero, y la lógica dicta que sean las propias compañías responsables de poner esos productos en el mercado quienes respondan económicamente de sus residuos. Una lógica que ya enunció la Unión Europea en su viejo principio de “quien contamina, paga” y que se ha trasladado a la legislación a través de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor. Sin embargo, la ecuación no estaría completa sin un mecanismo que avalase que los costes del sistema son sufragados por aquellos a quienes les corresponde hacerlo. Ese mecanismo es la garantía financiera de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.

 

Qué es la garantía financiera

 

En terminología económica, una garantía financiera es un instrumento con el que se respalda el cumplimiento de las obligaciones financieras adquiridas por una de las partes en una relación contractual. Con ella se asegura que el pago de un pasivo financiero o una deuda adquirida es satisfecha.

 

Aplicada a la gestión de residuos, la garantía financiera de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor persigue asegurar el cumplimiento de la obligación legal por parte de fabricantes y productores de productos de asumir responsabilidades respecto a los residuos que generan dichos productos lo largo de todo su ciclo de vida, lo que incluye las fases de diseño, producción, comercialización y disposición en forma de residuo. Estas responsabilidades implican sufragar, ya sea mediante un Sistema Individual de Responsabilidad Ampliada del Productor (SIRAP) o de forma colectiva (SCRAP), los gastos derivados de las operaciones relacionadas con la gestión de residuos y con el cumplimiento de una serie de objetivos de reducción y reciclaje.

 

Contexto de los Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP)

 

Según recoge Ecoembes en su plataforma TheCircularCampus, “un sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP) es una política colectiva mediante la cual las empresas hacen frente de forma conjunta y unificada a sus responsabilidades en cuanto a la gestión de los residuos que producen como resultado de sus actividades”, en este caso, a través del SCRAP Ecoembes.

 

Los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor (SRAP) fueron incorporados a la legislación española a través de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, que dedica todo su título IV completo a su desarrollo.

 

Recientemente, la nueva Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que deroga y sustituye a la anterior norma, ha revisado esta figura, estableciendo un nuevo modelo y marco jurídico para los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada, aumentando su alcance y fijando nuevos requisitos para los diferentes flujos de residuos.

 

Importancia de la garantía financiera en SCRAP

 

La garantía financiera emerge como un pilar fundamental para asegurar una gestión eficiente y sostenible de los residuos generados por los productos. Esta garantía representa una herramienta esencial para respaldar la adecuada disposición final, el reciclaje y la gestión ambientalmente responsable de los productos al final de su vida útil. A través de la imposición de esta garantía, se establece un mecanismo financiero que obliga a los productores a asumir la responsabilidad económica de los costos asociados con la gestión de los residuos, incentivando así prácticas más ecológicas y un ciclo de vida más responsable para los productos. Además de proteger el medio ambiente de la contaminación y promover la economía circular, la garantía financiera en los sistemas de responsabilidad ampliada del productor también contribuye a la equidad y transparencia del mercado al internalizar los costos ambientales asociados con los productos, incentivando a los fabricantes a innovar en diseños más sostenibles y a reducir la generación de residuos.

 

Tipos de garantía financiera

 

Existen diversos tipos de garantía financiera. El Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos contempla las siguientes:

Fianza. Se exige a los sistemas de responsabilidad ampliada para responder en supuestos de insolvencia de los productores, del propio sistema de responsabilidad, del cumplimiento de las condiciones de la autorización o comunicación o de la disolución del sistema.
Seguro de responsabilidad civil o garantía financiera equivalente. Con este mecanismo se responde ante terceros de la responsabilidad civil que le pueda ser exigible para atender indemnizaciones.
Garantías financieras destinadas a cubrir la responsabilidad medioambiental.

 

Beneficios y desafíos de las garantías financieras de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor

 

Los beneficios de incorporar garantías financieras a los sistemas de responsabilidad ampliada del productor están relacionados con la seguridad jurídica que aportan al sistema, al consolidar la solvencia del mismo.

En cuanto a los desafíos a los que debe hacer frente esta figura, los principales son la complejidad administrativa de estas garantías, las distintas administraciones implicadas y normas que la regulan, la dificultad para establecer buenos mecanismos de control y seguimiento, o el riesgo de cargar con excesivos requisitos financieros a los pequeños productores.

 

Implementación y cumplimiento

 

En sus disposiciones generales, el Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos establece que

 

“los actores que intervienen en las diferentes fases de la producción y gestión de los residuos como los establecimientos y empresas que lleven a cabo operaciones de tratamiento de residuos y, a través de los sistemas de responsabilidad ampliada, los productores de producto sometidos a la misma, deben responder, al igual que el resto de los actores y empresas de cualquier otro sector económico, por las responsabilidades que les puedan ser exigidas para resarcir el perjuicio causado por el desarrollo de su actividad, así como también responder, en su caso, ante la Administración del cumplimiento de las obligaciones que le corresponden”.

 

Y en su artículo 1 (Objeto) especifica que dichas garantías financieras en materia de residuos responden:

• Del cumplimiento, frente a la Administración, de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad de producción y gestión de los residuos.
• De la responsabilidad exigible por muerte, lesiones o enfermedad de las personas, o por daños en las cosas, que se deriven de las operaciones realizadas.
• De la responsabilidad medioambiental inherente a la actividad desarrollada.

 

Por su parte, el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, en su artículo 24 establece que “los sistemas de responsabilidad ampliada del productor suscribirán una garantía financiera y lo acreditarán ante el órgano competente en la comunidad autónoma donde se vaya a presentar la comunicación o a solicitar la autorización de estos sistemas. Dicha garantía financiera deberá estar vigente a lo largo de todo el periodo de funcionamiento del sistema de responsabilidad ampliada del productor”.

 

Respecto a la cuantía de la garantía, el RD indica en su artículo 24.3 que esta se determinará “en función de las cantidades de envases diferenciadas por material que se introduzca en el mercado a través del sistema y de los costes medios de gestión de los residuos de envases”.

 

Además, el artículo 26, amplía la cuestión de las garantías financieras en el caso específico de los sistemas colectivos con los siguientes puntos:

 

1. Los productores que opten por un sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor contribuirán a la suscripción de la garantía financiera del sistema colectivo de forma proporcional a los envases que introduzcan en el mercado.
2. La solicitud de la autorización del sistema colectivo se acompañará de la documentación relativa a la garantía financiera que el sistema colectivo va a suscribir para que pueda ser valorada por la administración competente. La cuantía de la garantía financiera se calculará conforme al artículo 24.3.
3. La garantía financiera deberá estar vigente en el momento del inicio de la actividad del sistema colectivo, disponiendo de un plazo de un mes desde la notificación de la resolución de la autorización del sistema colectivo para su constitución y presentación ante la autoridad competente.

 

Legislación y normativas

 

Como ya se ha visto, distintas normas tratan la cuestión de las garantías financieras de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor. Las principales son las citadas:

 

• Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
• Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.
• Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.

 

Experiencias prácticas

 

La garantía financiera de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor ya es una realidad en diferentes SCRAP, como el gestionado por Ecoembes en el ámbito de los envases domésticos ligeros y de papel y cartón.

 

Evaluación y mejoras

 

La mejora de las garantías financieras, para adaptarse a unos sistemas de gestión de residuos que no dejan de crecer tanto en volumen de toneladas gestionadas como en sofisticación tecnológica son los grandes desafíos a los que se enfrenta este campo de actividad. Unas mejoras que tendrán que llegar en forma de una mejor adecuación a cada situación y tipo de residuo, y una mayor simplificación y transparencia de sus mecanismos de seguimiento.

 

Conclusión y perspectivas futuras

 

Como conclusión, la garantía financiera de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor es un instrumento que aporta seguridad y continuidad a una actividad clave para la sostenibilidad como es la gestión de los residuos. Esta importancia hace presagiar un fuerte desarrollo en el futuro inmediato de este tipo de garantías, en consonancia con la permanente evolución tecnológica aplicada a la gestión de residuos y a una creciente concienciación social en torno a la economía circular y la cultura del reciclaje.

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